jueves, 12 de noviembre de 2015

BOLETA DE VENTA

¿Quiénes deben entregar Boleta de Venta?
Todos aquellos que vendan bienes o presten servicios a consumidores finales, por ejemplo en ­bodegas, restaurantes, farmacias, zapaterías, ferreterías, etc.
Aquellos comprendidos en el Nuevo Régimen único Simplificado. 
¿Debe identificarse al comprador o usuario?

 Cuando el importe de la venta y/o el servicio prestado supere los S/.700.00 por operación  será necesario identificar al comprador o usuario, consignando en el comprobante sus apellidos y nombres completos, dirección y número de su documento de identidad

¿Existe un monto mínimo para la emisión de Boletas de Venta?
No existe un monto mínimo. Sin embargo, si el monto de la venta no supera los cinco nuevos soles (S/. 5.00) no hay obligación de entregar Boleta de Venta, salvo que el comprador lo solicite
En estos casos, el vendedor deberá llevar un control diario, emitiendo una Boleta de Venta al final del día por el importe total de estas operaciones. Debe conservar en su poder el original y copia de la Boleta ce Venta.

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