jueves, 12 de noviembre de 2015

LIQUIDACION DE COMPRA

¿Quiénes pueden emitir Liquidaciones de Compra?

Los
contribuyentes del Régimen General y del Régimen Especial del Impuesto a la Renta que realizan operaciones con vendedores que no están inscritos en el RUC.

¿En qué casos se permite la emisión de Liquidaciones de Compra?

Únicamente
se permite la emisión cuando el vendedor es una persona natural productora y/o acopiadora de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y de extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho.


    -   Siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de número de RUC.

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